Institutos de planeación territorial, obligatorios por Ley: Rodolfo Díaz

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El pasado día 1 de junio del presente año, se publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU); es decir, dicho Decreto entra en vigor el día 2 de junio de este año.

La LGAHOTDU tiene por objeto central, fijar las normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los asentamientos humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente.

Además de propiciar mecanismos de participación ciudadana, en los procesos de planeación y gestión del territorio…, así como la creación de espacios e instrumentos que garanticen la corresponsabilidad del gobierno y la ciudadanía en la formulación, seguimiento y evaluación de la política pública en la materia.

La aplicación de dicha Ley ha sido lenta por diversas razones, pero baste señalar que desde su publicación en el año 2016 ya han realizado varias Reformas para facilitar su aplicación.

A continuación, se comenta la última Reforma, la cual define con mayor claridad el papel de los municipios y las entidades federativas en la urgente planeación territorial.

De entrada, en el Artículo 3, se adiciona la definición de tres organismos públicos descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio:

Asimismo, modifica las obligaciones y atribuciones para la entidad federativa, es decir, para el gobierno del estado de Oaxaca:

En el caso particular de los municipios, les corresponde:

En una revisión rápida, ubicamos a los municipios que necesariamente deben crear su Instituto Municipal de Planeación, porque su población es igual o mayor a los 100 mil habitantes: Oaxaca de Juárez (271 mil), San Juan Bautista Tuxtepec (159 mil), Juchitán de Zaragoza (114 mil) y Santa Cruz Xoxocotlán (100 mil).

Sin olvidar que los municipios con población menor a los 100 mil habitantes deben crear, en colaboración con municipios vecinos los llamados Institutos Multimunicipales de Planeación.

En Oaxaca, los ayuntamientos que han de liderar la creación de este tipo de instituciones son: Huajuapan de León (78 mil), Salina Cruz (84 mil), Santo Domingo Tehuantepec (68 mil), Santa María Huatulco (51 mil), Villa de Tututepec (51 mil), Santa Lucía del Camino (50 mil) y Miahuatlán de Porfirio Díaz (50 mil). Son ocho municipios con más de 50 mil o más habitantes, pero menos de 100 mil.

Existe otro grupo importante de municipios con población que supera los 20 mil, pero tiene menos de 50 mil habitantes; los cuales definitivamente presentan un crecimiento urbano desordenado y por lo tanto es inevitable la creación de estos organismos de planeación. En total son 29 municipios entre los que destacan: San Pedro Mixtepec, San Pedro Pochutla, Villa de Zaachila, San Miguel Soyaltepec, Ciudad Ixtepec, Asunción Nochixtlán, Cuilápam de Guerrero, Ejutla de Crespo, Pulta Villa de Guerrero, Jalapa de Díaz, San Juan Guichicovi, Tlacolula de Matamoros.

El otro tipo de organismo que deberá crearse, por mandato de la LGAHOTDU, pero en este caso por las entidades federativas y las municipalidades es el Instituto Metropolitano de Planeación. Como nuestro estado cuanta con dos Zonas Metropolitanas (ZM), necesariamente se debe proceder con la fundación del Instituto Metropolitano de Planeación para la ZM de Oaxaca y el Instituto Metropolitano de Planeación para la ZM de Tehuantepec.

Pues bien, con esta Reforma a la LGAHOTDU, queda claro que tanto las autoridades municipales como las estatales tienen la obligación de crear estos organismos públicos descentralizados. Pero como bien sabemos, nuestras autoridades no son dadas a acatar por si mismas sus obligaciones, por lo cual, nos corresponde a la sociedad, recordarles e insistir con el cumplimiento de esta Ley para que los pobladores podamos vivir en ciudades ordenadas, limpias, seguras, incluyentes, sustentables y resilientes.

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