Aunque puedan existir opiniones encontradas, soy partidario de la independencia judicial. El detalle es que no respaldo cualquier tipo de independencia. Pienso que ella es una garantía institucional para facilitar que los poderes judiciales cumplan con sus encomiendas constitucionales de proteger y garantizar nuestros derechos.
Si la independencia judicial es el pretexto para que imperen las convicciones personales de los impartidores de justicia, no la secundo. Si se usa como defensa de la arbitrariedad judicial, menos. No me parece admisible que se ignoren o violen los mandatos constitucionales en aras de esa independencia. Ni apoyo que los poderes judiciales estén exentos de rendir cuentas a la sociedad por el solo hecho de su independencia. Ella es medio para mejor servir a la gente.
Independencia de una función pública frente al resto de autoridades en beneficio de las personas, no de quienes se encuentran al frente de los poderes judiciales. Si hablamos de ese tipo de independencia, entonces sí, por supuesto, la defiendo.
Lo que no defiendo es que, dada su “independencia”, los juzgados favorezcan el mantenimiento del estado de cosas inconstitucional que padecemos todos los días: la explotación de las personas, del medio ambiente, la injusticia social, el despojo, la impunidad, las verdades oficiales, el imperio de quienes nos gobiernan.
Si logramos claridad sobre lo que la independencia judicial significa, entonces podemos empezar a analizar las iniciativas legislativas que la ponen en aprietos. Me conformo con la que detonó esta situación y que tiene que ver con las remuneraciones en los poderes judiciales.
Honestamente, no recuerdo una ola de protestas como la actual cuando en 2009 en la administración Calderón se reformó el artículo 127 de nuestra Constitución y se estableció que nadie dentro del gobierno ganaría más que la persona titular de la Presidencia de la República.
Haya sido como haya sido, con cuestionamientos desde esa época o hasta ahora, lo que no he leído en ninguno de los posicionamientos que defienden a los poderes judiciales es una reflexión sobre los artículos transitorios que acompañaron a la reforma del artículo 127 constitucional.
¿Cómo tenemos que interpretar que en ellos se estableciera que, para integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de tribunales de circuito, juzgados de distrito, del Consejo de la Judicatura Federal y de los poderes judiciales estatales, se mantendrían sus retribuciones nominales durante el tiempo total de su encargo, pero sus remuneraciones adicionales tan solo permanecerían si al sumarlas, sus remuneraciones totales no excedieran el máximo permitido en dicha disposición?
Ignorar mandatos constitucionales a conveniencia no es parte de la independencia judicial. Por fortuna, la defensa de la establidad de sus remuneraciones se puede llevar a otro plano y justamente ahí es que se presenta la ocasión para realizar un pacto.
El acuerdo es muy simple: frente a una norma expresa de la Constitución como el artículo tercero transitorio de la reforma a su artículo 127, que permite ajustar a la baja sus remuneraciones, encontremos otras normas que resulten más favorables a la independencia judicial.
Tan sencillo como eso. Bueno, no tan simple, porque primero quienes imparten justicia a lo largo y ancho del país hasta llegar a quienes integran la Suprema Corte, tendrán que aceptar al principio pro persona como una orden que deben obedecer siempre, tendrán que cambiar su criterio en torno a la prevalencia de las restricciones de los derechos y tendrán que preferir los estándares más favorables que se han dictado en sede internacional.
No considero que este pacto conlleve una exigencia usurera. No pienso que se esté abusando de los poderes judiciales con esta propuesta. No creo que el respaldo de la ciudadanía a la independencia judicial tenga que ser a ciegas. Quid pro quo no es algo que me parezca equivocado en estos momentos.
Obviamente que las personas necesitamos de instancias judiciales que se asuman nuestras garantes de derechos frente a los nuevos gobiernos, más cuando tienen los votos para cambiar nuestra Constitución, pero eso no cambia las cosas.
Primero se requiere que los poderes judiciales se empeñen en garantizar nuestros derechos. Si lo hacen, caso a caso, disputa a disputa, si con cada sentencia demuestran que lo primero es favorecer en todo momento la máxima protección de las personas, si con sus fallos orientan el cambio social que tanta falta hace en México para lograr verdad, justicia y reparación de las sistemáticas violaciones a nuestros derechos humanos, empezando por la pobreza de la mayoría de la población, entonces será mucho más simple que tengan nuestro total respaldo. Y no solamente de palabra.
También en los hechos, en lo que como sociedad podemos decidir, por ejemplo, en avalar que con recursos públicos lleven la defensa de la independencia judicial hasta las máximas instancias internacionales. ¿O cómo, acaso piensan que pueden litigar su independencia con sus propios recursos?
Los puestos no son suyos, sus responsabilidades y funciones no forman parte de su patrimonio. No estamos frente a un litigio de particulares contra el gobierno. Para nada. Estamos en una situación que amerita la defensa de nuestras instituciones judiciales.
Por ende, se necesita cubrir con recursos públicos, no privados. Pero si van a usar nuestro dinero público, primero lleguemos a un pacto universal: los derechos no se consultan, los derechos no se regatean, los derechos no retroceden, los derechos, suyos y nuestros, se garantizan siempre bajo los máximos estándares, se encuentren en el texto constitucional o en el de las fuentes de origen internacional.
Fuente: proceso.com