Senado incorpora el delito de huachicoleo en extinción de dominio

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Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Justicia y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron por unanimidad cambios a la minuta proveniente de la Cámara de Diputados que reforma los artículos 22 y 73 de la Constitución en materia de extinción de dominio, con los que se pretenden recuperar hasta 17 mil millones de dólares por esta vía

A propuesta del PRD y del PRI, y con la resistencia inicial del PAN, los legisladores integrantes de las comisiones dictaminadoras aprobaron incluir en el artículo 22 constitucional que serán objeto de extinción de dominio los bienes producto del robo de petrolíferos y petroquímicos, incorporando así penas más duras para el delito del huachicoleo.

La extinción de dominio se aplicará sobre bienes que puedan acreditarse y estén relacionados con investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo con violencia, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, tortura y trata de personas.

Los cambios precisan que el procedimiento de extinción de dominio es sobre “derechos reales o bienes incorporados al patrimonio de una persona” y no sobre su “eventual participación o responsabilidad en la comisión de los ilícitos”.

Los legisladores del PAN, que votaron finalmente a favor, argumentaron primero que al estar sujeto al proceso penal, la extinción de dominio será más lenta. Propusieron integrar la imprescriptibilidad de los hechos, pero no se logró el consenso para incorporarlo en el dictamen.

La reforma constitucional deberá regresar a la Cámara de Diputados que deberá respaldar los cambios realizados. En el artículo 73 constitucional sólo se facultó al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de domino.

Fuente: proceso.com

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