“La rendición de cuentas junto con las elecciones permite el cumplimiento al principio democrático de un gobierno que no sólo es electo sino también controlado por los ciudadanos.”
Guillermo Cejudo.
El inciso “C” del primer artículo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, establece que una de sus finalidades es promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
La Convención, deja en claro que la lucha contra la corrupción es un asunto que ocupa a la comunidad internacional, que un elemento importante para su combate es la obligación de rendir cuentas. El Estado Mexicano es participante de la convención y en consecuencia está obligado a su cumplimiento, pero ¿qué es la rendición de cuentas?
Para el Doctor en Ciencia Política por Boston University e investigador de la División de Administración Pública del Centro de Investigación y Docencia económica (CIDE), Guillermo Cejudo, la rendición de cuentas es un ideal de un gobierno democrático, en el que toda persona que ejerce recursos públicos o ejerce autoridad pública, rinde cuentas de sus acciones y decisiones a la ciudadanía.
La Red por la Rendición de Cuentas señala que los ciudadanos además de votar, debemos demandar a las autoridades que rindan cuentas de sus acciones y de los recursos asignadas a través de un sistema de rendición de cuentas que se integra de siete elementos: archivos, información pública, contabilidad gubernamental, monitoreo y evaluación, compras, mecanismos de asignación presupuestal y, fiscalización.
De acuerdo con la Secretaría de la Función Pública, la rendición de cuentas implica que las personas, los organismos y las organizaciones (de carácter público, privado y de la sociedad civil) tienen la responsabilidad del adecuado cumplimiento de sus funciones.
De forma general, algunos servidores públicos consideran que “cumplen” con la rendición de cuentas, cuando emiten una lista de beneficiarios de un programa, un informe a través de los medios de comunicación y que su superior o la ciudadanía tiene la posibilidad de avaluarlo porque es público, acto que puede ser calificado de “innovador”, sobre todo, en sociedades en las que no existían mecanismos de información, no se les había convocado a participar y, menos, evaluar los resultados.
En un actuar básico, los servidores públicos sólo explican, justifican, y acreditan ante los ciudadanos sus acciones, decisiones y resultados, bajo ésta premisa, la rendición de cuentas pareciera una acción sencilla de cumplir, no tendría elementos complejos, pero diseñar y hacer cumplir una política pública con ese objetivo parece ser confuso.
Sin embargo, la rendición de cuentas va más allá, se produce cuando la ciudadanía participa en las actividades de las instituciones como la investigación, análisis, discusión y formulación de programas o políticas públicas, reglamentos o leyes; elaboración de planes, presupuestos y evaluación del gasto.
Cuando la formulación de los cargos públicos se establece sobre principios de congruencia e integridad de los gobiernos, planes de desarrollo, metas y procesos de evaluación participativos e incluyentes, no exclusivos de servidores públicos, donde, rendir cuentas, no es considerado una obligación sino un compromiso asumido por la responsabilidad adquirida. Coexiste un sistema de pesos y contrapesos para someter la conducta y las decisiones de los funcionarios públicos a ciertos procedimientos de restricciones o medios de control, por parte de otros organismos gubernamentales -órganos internos de control, auditoría o tribunales- con facultades para investigar, evaluar y sancionar a los funcionarios.
Es complejo conceptualizar la rendición de cuentas, por ser multifactorial y multidisciplinario, pero su propósito es simple de integrar, que los ciudadanos ejerzan el control sobre los gobiernos, conociendo la información de las acciones y decisiones realizadas, evaluando los resultados obtenidos y, tomando mejores decisiones futuras.
Los actos de corrupción y deficiencias en el ejercicio del gasto, parecen no conocerse y menos solucionarse sólo con la creación de secretarías o sistemas de gobierno, ha sido necesaria la participación proactiva de la ciudadanía organizada que solicita, promueve y verifica la información, es una función conjunta de un gobierno que rinde cuentas y de los ciudadanos que participamos y verificamos ésta rendición.
Garantizar el derecho a un buen gobierno y una buena administración pública no es compromiso de un solo sujeto, pero es necesario que el actuar del titular sea congruente, con sus objetivos, planes y acciones. Es deber de un gobierno, garantizar el respeto y cumplimiento de la ley, pero es visión del buen gobernante trascender con sus acciones a través de los servidores públicos que le acompañan en su gestión.
(*) El autor es egresado de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y realiza estudios de Análisis Político en el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).
Correo Electrónico: adancordovatrujillo@gmail.com
Referencias Bibliográficas:
1.- Organización de las Naciones Unidas (2004). Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Recuperado el 15 de junio de 2017 de:
https://www.unodc.org/pdf/corruption/publications_unodc_convention-s.pdf
2.- Guillermo Cejudo, “La Rendicion de cuentas en los gobiernos estatales“en La estructura de la rendición de cuentas en México,Sergio López Ayllón, Mauricio Merino y Guillermo Cejudo, coords., 2010, CIDE-Instituto de Investigaciones Jurídicas, México
3.- Secretaría de la Función Pública (2017). Rendición de Cuentas. Recuperado el 15 de junio de 2017, de:
Otros:
1.- Red por la Rendición de cuentas (2014). Video diccionario de rendición de cuentas. Recuperado el 16 de junio de 2017 de: https://www.youtube.com/watch?v=5-lNspjWLMs
2.- Red por la Rendición de cuentas (2016). ¿Qué es la rendición de cuentas?. Recuperado el 16 de junio de 2017 de: