Interrupción del embarazo, legal en caso de violación de acuerdo con la NOM 046, informa el IMM

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* Esta norma reconoce el derecho de las niñas o mujeres a acceder a los servicios médicos de anticoncepción de emergencia y en todo caso a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación sexual.

 

La Directora General del Instituto Municipal de la Mujer (IMM), Iliana Araceli Hernández Gómez informó a la ciudadanía sobre el derecho a la interrupción legal del embarazo en casos de violación sexual, respaldada por la Ley general para obligar el cumplimiento de una Norma Oficial Mexicana (NOM-046-SSA2-2005), vigente para los casos de embarazos por violación sexual.

Esta norma aprobada en el año 2005 busca mejorar la regulación dentro del sector salud de la prevención y atención de la violencia familiar, actualizando las obligaciones de las instituciones del sector público, social y privado para prevenir y atender la violencia familiar y sexual contra las mujeres.

Esto a través de la definición de los criterios para la articulación de las instancias del sector salud con otras instancias que contribuyen a la atención de las violencias contra las mujeres.

 

Esta norma establece las reglas que deben de seguir los centros de salud al brindar servicios a mujeres que han sido víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, así como las conductas que deben tomar los médicos para prevenir casos futuros”, expresó la funcionaria municipal a la vez de asegurar que con la aplicación de esta norma se consolidan los derechos de las mujeres.

En este sentido –continúo Hernández Gómez - se trata que los servidores públicos tengan sensibilidad para atender a las víctimas de violencia y se encuentren totalmente capacitados para ofrecer acompañamiento de forma inmediata y se dé el seguimiento legal a este delito.

De la misma manera, la NOM 046 reconoce el derecho de las niñas y mujeres a acceder a los servicios médicos de anticoncepción de emergencia y en todo caso la interrupción voluntaria del embarazo, la cual es aplicable de manera obligatoria para toda institución, dependencia y organización del Sistema Nacional de Salud al presentarse un caso de violencia sexual.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“El IMM al ser un prestador de servicios psicológicos y jurídicos a mujeres víctimas de violencia, esta norma nos establece protocolos de atención inmediata y de canalización a la Fiscalía de Delitos contra la Mujer por Razón de Género, así como del sector salud en caso de requerir apoyo médico inmediato”, expresó Hernández Gómez.

 

Finalmente puntualizó que para la administración de José Antonio Hernández Fraguas es de vital importancia la constante capacitación de todos los servidores públicos en temas de esta norma, a la vez de darla a conocer a toda la población, misma que les permite el acceso a servicios integrales en caso de violencia familiar o sexual.

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