Avala SCJN que empleadas domésticas no cuenten con seguridad social

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La Corte avaló que las personas que se dedican al trabajo doméstico no cuenten con seguridad social, pero que sean protegidas por sus patrones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que los patrones no están obligados a inscribir en el Seguro Social a las empleadas domésticas, sin embargo, señaló que serán los patrones quienes tendrán la obligación de pagar los riesgos y enfermedades que sufran durante sus labores.

La Segunda Sala avaló el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, en el que se buscaba proteger a los empleadas domésticas por los riesgos que pudieran sufrir en sus trabajos.

Los seguros de riesgos de trabajo incluirán enfermedades, maternidad y seguros de invalidez y vida, así como de retiro y cesantía en edad avanzada y vejez.

Fuente: lopezdoriga.com

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